Trasdeclararse improcedente el despido por causas objetivas de una trabajadora que se encontraba prestando servicio en Granada, la empresa decide optar por su readmisión
Elartículo 278 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social establece que, cuando el empresario haya optado por la readmisión, debe comunicar, también por escrito, al trabajador en un plazo de diez días desde la notificación de la Sentencia, la fecha en que deberá reincorporarse a su puesto de trabajo. Ésta no será superior a tres días,
Elartículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, en su sexto apartado, también trata las consecuencias de este tipo de despido: 6. El despido nulo tendrá el efecto de la readmisión inmediata del trabajador, con abono de los salarios dejados de percibir. Artículo 55.6 del Estatuto de los Trabajadores. Por lo tanto, cuando el juez determine TERCERO.- 1.-El ahora cuestionado art. 278 LRJS (coincidente en todo con derogado art. 276 LPL) concede al empresario, en el ámbito de un proceso de ejecución definitiva de sentencia firme de despido improcedente en que hubiere optado por la readmisión, la facultad de fijar la fecha concreta en la que el trabajador despedido| Պикр врилዛ | ԵՒсвιτጣ ըм | Еφутի т ጴ |
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